contribuyentes

Desde el municipio recordaron que este procedimiento se habilita cada año durante la primera quincena de mayo, conforme lo indica la legislación vigente.

Desde el 1° de mayo hasta el 15 de mayo de 2025, las vecinas y los vecinos del municipio podrán inscribirse en el Registro Especial de Mayores Contribuyentes, con el objetivo de integrar la Asamblea de Concejales, Concejalas y Mayores Contribuyentes, el órgano que participa en el tratamiento de ordenanzas fiscales y tributarias locales.

Este mecanismo de participación ciudadana está establecido por el artículo 193 inciso 2° de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, que determina que cualquier creación o aumento de tributos municipales debe ser aprobado por una asamblea compuesta por los concejales y un número igual de mayores contribuyentes.

Podrán inscribirse quienes se encuentren comprendidos en el artículo 93 de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58), es decir, las y los vecinos que paguen anualmente impuestos municipales que en conjunto excedan los $200 (moneda nacional), y que no estén alcanzados por causales de exclusión.

De acuerdo al artículo 94 de la normativa, no podrán inscribirse:

Quienes no tengan domicilio real y permanente en el municipio.

El Intendente y los concejales en ejercicio.

Personas incapaces, quebradas o concursadas civilmente.

Aquellas comprendidas en las inhabilidades e incompatibilidades de los artículos 6 y 7 de la Ley Orgánica.

Personas jurídicas.

La inscripción permitirá a las y los vecinos involucrarse de forma directa en las decisiones que impactan en la estructura tributaria municipal.

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