- 02 de noviembre de 2022
La Justicia de Quilmes condenó a tres hombres a prisión perpetua por el crimen de Pablo Daniel Monge, asesinado a golpes y cortes en la cabeza durante una fiesta el último día del año 2016, en San Francisco Solano.
El fallo del
Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) Nº5 de Quilmes recayó sobre Elvio Ricardo
"Ricki" Torres Cuellar (24 años), Esteban Javier Galarza (32 años) e
Iván Patricio "Pulga" Esquivel (24 años), como coautores del delito
de "homicidio calificado por el concurso de tres o más personas". Los
acusados comenzaron a ser juzgados en los primeros días del mes de octubre
pasado y en gran parte del debate, no estuvieron presentes en la sala de
audiencias para evitar ser reconocidos por los testigos.
El asesinato
ocurrió el 31 de diciembre de 2016, alrededor de las 3 de la madrugada, en la
calle 889, entre 831 y 832, de la localidad San Francisco Solano.
Los jueces Juan
Martín Mata, Gustavo Darío Farina y Federico Facundo Merlini coincidieron con
la fiscal Mariel Calviño respecto del máximo de la pena que había pedido en su
alegato, aunque por otro agravante ya que ella aseguró que hubo
"alevosía".
La representante
del Ministerio Público conjugó para ello "la superioridad numérica y el
aprovechamiento de la indefensión de la víctima", mientras que la defensa
sostuvo la inocencia de los tres acusados porque consideró que el autor del
hecho ya había sido condenado en otro juicio, realizado en el Fuero de la
Responsabilidad Penal Juvenil ya que al momento del crimen tenía menos de 18
años. Y además, dijo que ese joven fue beneficiado en una segunda instancia con
un cambio de carátula de "homicidio agravado" a "homicidio
simple".
En la sentencia
los jueces del Tribunal Oral Nº5, entendieron que los tres imputados junto al
anterior condenado "agredieron a Pablo Daniel Monge con clara intención de
provocarle la muerte, a través de golpes, patadas, cortes en la cabeza y cuello
aprovechando su estado de indefensión donde lo colocaron en virtud de las
numerosas heridas recibidas, provocándole la muerte como consecuencia de
heridas por arma blanca o similar cortantes en la yugular".
“UNA TERRIBLE Y
DOLOROSA GOLPIZA”
Asimismo, los
magistrados valoraron distintos testimonios que confirmaron que durante una
fiesta comenzó una pelea entre la víctima y otro joven, tras lo cual un grupo
de unas 20 personas comenzaron a arrojar piedras.
Casi
inmediatamente, Monge fue atacado a golpes de patadas y puños en la cabeza
hasta que ya malherido recibió un botellazo que le provocó la muerte minutos
después.
"Estaba
tirado en el piso, se agacha y lo apuñala en el cuello; cuando veo que lo
apuñala quiero ir y nos hacen retroceder. Eran cuatro o cinco alrededor de mi
hermano pegándole patadas", declaró un hermano de Monge.
Mientras que
otro testigo señaló el rol de cada uno de los ahora condenados en el ataque que
sufrió el joven asesinado con patadas, golpes y el propio botellazo con un
envase de "Dr. Lemon".
De esta manera,
los jueces establecieron que "la víctima fue muerta luego de una terrible
y dolorosa golpiza" de la que participaron Esquivel, Galarza y Cuellar.
SIN DUDAS DE LA
PARTICIPACIóN DE LOS ACUSADOS
El informe de la
autopsia determinó que la muerte "fue producida por mecanismo violento y a
consecuencia final de un paro cardio-respiratorio traumático".
"Herida
contuso cortante producida por botella de vidrio rota o similar en región
cervical derecha, anfractuosa de 10 centímetros, de longitud, seccionando carótida
y yugular. Excoriaciones múltiples en rostro (nariz, ambas mejillas y ambos
pómulos). Herida cortante en región frontal por el mismo elemento. Herida
cortante en nudillo de mano derecha, como signo de defensa", indicó.
Los jueces Mata,
Farina y Merlini establecieron que "la tesis exculpatoria intentada se va
a pique ante el menor de los análisis y no puede ser sostenida con entidad,
resultando ser sólo un vano intento de colocarse en favorable terreno procesal
con resultado magro por cierto", debido a que "tampoco quedan
dudas" de la participación de los acusados.
Por último, el
Tribunal indicó que "la ventaja no conduce a la alevosía, sino que es una
forma del homicidio simple", aunque aclaró que este hecho fue una
"salvaje actuación de varios agresores, entre los que revestían Torres Cuellar,
Esquivel y Galarza, todos ellos, desplegando conductas que se elevan muy por
encima del riesgo permitido", por lo que quedó "acreditada la
convergencia intencional o concurso premeditado que culminó con el tanático
resultado ya conocido".
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