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La sanción fue impuesta por el Tribunal de Faltas Nº4 local tras un expediente iniciado por la Dirección General de Defensa del Consumidor, que consideró que la empresa habría violado la Ley de Defensa del Consumidor al modificar su esquema de atención.

Aguas y Saneamientos Argentinos S.A. (AySA) lleva adelante una serie de acciones judiciales en el Juzgado Contencioso Administrativo Nº1 de Quilmes para frenar una multa de $445.248.000 que el Municipio de Quilmes pretende aplicarle por el cierre de la atención presencial en el distrito.

La compañía sostiene que la resolución municipal es nula por falta de competencia y que el único organismo habilitado para sancionar o supervisar la prestación del servicio es el Ente Regulador de Agua y Saneamiento (ERAS), en el marco de la Ley 26.221 y del contrato de concesión vigente.

Para habilitar la vía judicial, AySA presentó una póliza de seguro de caución que sustituye el pago previo de la multa, tal como exige la normativa para apelar las sanciones del Tribunal de Faltas.

La medida busca evitar el desembolso inmediato de los casi $450 millones mientras la Justicia analiza la validez del procedimiento municipal.

 

Cómo empezó el conflicto

Según consta en el expediente, la Dirección de Defensa del Consumidor afirmó haber recibido denuncias de usuarios por la falta de atención presencial en Quilmes. También aseguró que los reclamos aumentaron desde julio de 2024.

En diciembre de 2024, la empresa AySA presentó un primer descargo pidiendo la nulidad del procedimiento. Allí explicó que las modificaciones en la atención al usuario forman parte de un proceso de modernización, donde los canales digitales pasaron a concentrar la mayoría de las consultas.

Pese a ello, el organismo municipal avanzó con un auto de imputación por supuestas infracciones a los artículos 4, 8 bis y 27 de la Ley 24.240. Tras una audiencia sin acuerdo, el Tribunal de Faltas dictó sentencia: ordenó restituir la atención presencial en 30 días e impuso la multa de 1.500 salarios mínimos vitales y móviles.

En su apelación, AySA remarcó que su actividad se encuentra regulada por el marco nacional del agua y el saneamiento, y que el control corresponde exclusivamente al ERAS. El ente regula la prestación del servicio en la Ciudad de Buenos Aires y 26 municipios del conurbano, entre ellos Quilmes.

Por eso, la empresa considera que tanto la resolución de Defensa del Consumidor como la sentencia del Tribunal de Faltas son actos administrativos inválidos.

La oficina de atención de AySA en Quilmes fue reubicada en junio de 2024, y desde entonces la demanda se volcó casi totalmente a los canales digitales. Según la empresa: La Oficina Virtual concentró el 96% de las gestiones comerciales. Las gestiones presenciales representaron apenas el 1% del total entre octubre y diciembre del año pasado. El distrito administra 161.713 cuentas contrato.

En cinco meses, la unidad móvil UNIMOV atendió a 591 usuarios, principalmente para consultas sobre deudas.

El caso ahora queda en manos del Poder Judicial, que deberá determinar si la Municipalidad de Quilmes actuó dentro de sus atribuciones o si, como sostiene la empresa, la sanción carece de fundamento legal.

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