- 23 de mayo de 2021
La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires decidió prorrogar hasta el 11 de junio el sistema de guardias mínimas con la concurrencia del personal indispensable y dispuso extremar la utilización de las herramientas tecnológicas.
"Mediante
Resolución SC Nº 761/21 la Suprema Corte de Justicia estableció, hasta el 11 de
junio del corriente inclusive, el mantenimiento de las condiciones y alcances
en la habilitación y funcionamiento del servicio en las cabeceras
departamentales, sedes descentralizadas y la Justicia de Paz de acuerdo al
estado de situación existente a la fecha, de conformidad a la normativa vigente
en cada una de ellas", dice el comunicado publicado en la web oficial.
Asimismo, detalla que desde el 22 al 30 de mayo del corriente año inclusive se dispone que la asistencia presencial del personal judicial durante el citado período se verá reducida al mínimo indispensable, en tanto el resto del personal deberá prestar servicios de manera telemática.
De igual
modo, en la Suprema Corte de Justicia, para las secretarías, subsecretarías y
restantes dependencias, se establecerá también un sistema de personal rotativo
con participación de la mínima cantidad de personal que cada titular disponga.
En tanto,
"los turnos que se hubieren otorgado para los días comprendidos en el
presente artículo se prorrogarán hasta la nueva fecha que determine el órgano o
titular de la dependencia judicial, a cuyo efecto quienes debían concurrir
podrán requerir la obtención de uno nuevo".
No obstante
y de manera excepcional el titular del órgano o dependencia, podrá habilitar la
concurrencia cuando de lo contrario pudiere ocasionarse un grave perjuicio a
los justiciables", indicó el poder judicial bonaerense.
Además,
autorizar a los Juzgados de Paz y de Familia en turno a recibir las denuncias
por violencia familiar o de género provenientes de las respectivas comisarías
por cualquier canal telemático en los teléfonos oficiales, incluso utilizando
la aplicación de mensajería instantánea WhatsApp o equivalente.
De igual
modo, entre el 31 de mayo y el 11 de junio inclusive quienes concurran a los
órganos y dependencias judiciales deberán contar con un turno previo, salvo en
los casos que el magistrado habilite dicha concurrencia, solo para casos
urgentes y con carácter restrictivo.
Asimismo, se encomienda a la Secretaría de Personal que extreme el monitoreo de la cantidad de personas que asisten a cada juzgado y dependencia, informando aquellas situaciones en que la concurrencia presencial se considere –prima facie- elevada, sin que existan razones que la justifiquen y a efectos de que adopte las medidas que considere pertinentes.
COMENTARIOS
No han dejado comentarios
Escriba su comentario




