prefabricada

La semana pasada se oficializó la apelación judicial presentada por la administración municipal que encabeza Mayra Mendoza para intentar evitar la demolición de la histórica casona de la familia Roverano, ubicada sobre la calle Garibaldi en Quilmes centro

La semana pasada se oficializó la apelación judicial presentada por la administración municipal que encabeza Mayra Mendoza para intentar evitar la demolición de la histórica casona de la familia Roverano, ubicada sobre la calle Garibaldi entre Alvear y Mitre, en Quilmes Centro.

Se recordará que el juzgado Contencioso Administrativo Nº1 de Quilmes resolvió en febrero de 2024 desconocer el “status” de patrimonio histórico del antiguo chalet. De esta forma, los propietarios del predio (José Balinzo y Juan Carlos Pagano) podrán disponer del terreno para llevar adelante su proyecto inmobiliario y demoler las viejas estructuras.

El abogado Darío Federico Ocampo Pilla, en representación de la Comuna quilmeña, solicitó la semana pasada en el Juzgado Contencioso Nº1 la “nulidad” de la resolución de febrero y pidió se declare “abstracta” la presentación efectuado por los propietarios del inmueble.

 

LA INTERVENCIÓN DEL HCD

 Se recordará que en el año 2006 el terreno con una casona histórica fue vendido por la familia Roverano y desde entonces se encuentra en litigio ya que la Comuna local declaró en el 2004 la propiedad como “patrimonio histórico” de la ciudad de Quilmes y solicitó a la Provincia su expropiación. Sin embargo, por motivos que se desconocen nunca avanzó con la iniciativa.

El lugar se encuentra abandonado, pero el año pasado en una “agitada sesión” concejales oficialistas y opositores derogaron el pedido de expropiación y autorizaron a los dueños a limpiar el lugar. Unos días después, los propietarios solicitaron por expediente permiso para demoler la histórica casona que se encuentra en el predio.

Al mismo tiempo, en el Juzgado Contencioso Administrativo de Quilmes los dueños reflotaron sus aspiraciones y volvieron a reclamar la posibilidad de disponer del lugar para llevar adelante su proyecto inmobiliario. Finalmente, la Justicia después de 18 años les dio “luz verde” para avanzar y usó como uno de sus argumentos que el HCD había derogado la expropiación.

 

LOS EJES DE LA PRESENTACIÓN MUNICIPAL

La administración de Mayra Mendoza intenta evitar que la Justicia habilite la demolición del sitio histórico. En la apelación judicial, se remarcó: “La protección del patrimonio histórico cultural del inmueble de autos, y la prohibición de realizar refacciones en el mismo que impliquen la pérdida del estilo arquitectónico, continúa incólume a raíz de la actual vigencia de la Ordenanza Nº 9930/2004 ampliatoria de la Ordenanza Nº 6085/88, pese a que el juez de grado la analiza y considera en los considerandos de la sentencia, incurriendo en un exceso de jurisdicción por carecer de la misma y vulnerando el principio dispositivo y de congruencia ya que no fue objeto de thema decidendum, sin perjuicio que con acierto procesal no ha sido mencionada en la parte resolutiva de la sentencia”.

En este sentido, se explicó: “Como consecuencia de ello, afirmamos que yerra la sentencia al considerar que a raíz de la Ordenanza Nº 11731/2023 diera origen a la interrupción del uso, goce y disposición del bien objeto de litis, porque la prohibición de efectuar refacciones que impliquen pérdida del estilo arquitectónico del inmueble se había impuesto con la Ordenanza Nº 9930/2004, que lo declaró patrimonio histórico cultural de Quilmes”.

“Por lo tanto, la sentencia definitiva dictada respecto del inmueble no causa estado en relación a los efectos de la Ordenanza Nº 9930/2004, protectora del inmueble de autos, patrimonio histórico y cultural quilmeño”, se planteó en otro párrafo del escrito judicial.

Por último, se insistió: El fallo impugnado merece ser declarado nulo toda vez que se advierte un claro y notorio exceso de jurisdicción del juez a quo -por carecer de la misma- sobre los fundamentos que utiliza para justificar su decisión sobre el thema decidendum, vulnerando el principio de congruencia. Es decir, la demanda ha sido mal entablada ab initio a fin de satisfacer el interés de los actores consistentes en demoler el inmueble, y por tanto, la sentencia nunca podría contener una decisión que autorice la demolición del bien protegido mediante la declaración de patrimonio histórico y cultural”.

 

DATOS HISTÓRICOS DE LA CASONA

La casa en cuestión, perteneció a la familia del pintor Víctor Roverano y su construcción data del 1880, única de su estilo en la ciudad de Quilmes. Según se recuerda, la propiedad emplazada en el casco histórico, responde a la corriente “pintoresquista” que aparece con la iniciación de un período de crecimiento y transformación a partir del modelo agroexportador, alrededor de 1880, en coincidencia con la llegada de los colonos ingleses, con el ferrocarril marcando fuertemente la relación arquitectura-naturaleza.

Otros detalles de la histórica vivienda: muro de ladrillos a la vista, en sectores y revocados, techos de tejas francesas o chapas onduladas a dos aguas, bow window, generalmente con vitrales en forma de rombos en las ventanas, escudos en el hall de entrada, ventanas muy angostas y altas.

 

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