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De acuerdo al proyecto, las multas irán desde apercibimientos hasta los $10 millones, y para los impulsores de la norma "no será lo mismo la pasividad actual para lo que hoy son los formadores de precios".

El proyecto de Ley de Precios Justos para el territorio bonaerense se presentó ayer en la Legislatura provincial, impulsado por el bloque del Senado del Frente de Todos, que contempla que cada municipio pueda llevar el control de precios en su distrito y sancionar en caso de detectar abusos o incumplimiento de acuerdos.

El impulsor de la medida que ingresará este miércoles al Senado, el senador Francisco Durañona, señaló que “este proyecto tiene como clave el aporte y la ayuda de los municipios. El corazón de esta idea es que los municipios juegan un rol preponderante, tienen una participación protagónica".

"Queremos reglamentar la ley de defensa de los consumidores, y que le otorguen herramientas a los municipios para sancionar cuando detecten cosas que no se cumplen en los comercios”, agregó el legislador del Frente de Todos.

Durañona también explicó que “si no se cumple la ley de góndolas o hay desabastecimiento por especulación y aquellos que remarcan por las dudas, ahí los municipios tendrán la facultad de poder actuar".

"No queremos abusos y para eso que mejor que la opinión de los vecinos y las áreas de inspección de los municipios", afirmó tras aclarar que “esto no implica una mayor burocracia, el mejor control será el vecino y las oficinas de derechos del consumidor, que funcionan muy bien. Es central incorporar estas facultades para los municipios, y creer en el rol de los gobiernos locales”.

De acuerdo al proyecto, las multas irán desde apercibimientos hasta los $10 millones, y para los impulsores de la norma "no será lo mismo la pasividad actual para lo que hoy son los formadores de precios".

La iniciativa presentada busca incorporar al Código Provincial de Implementación de los Derechos de los Consumidores y Usuarios un artículo que faculta a los municipios de la provincia de Buenos Aires "a la inspección, el juzgamiento y sanción de las mismas, sin perjuicio de los mecanismos establecidos en cada caso por la Autoridad de Aplicación y en coordinación con los órganos que correspondan”.

Señala además que "si la resolución tiene por verificada la existencia de la infracción, quienes la hayan cometido se harán pasibles de sanciones" tales como apercibimientos; multas de diez mil a diez millones de pesos; y decomiso de las mercaderías y productos objeto de la infracción.

También contempla la clausura del establecimiento o suspensión del servicio afectado por un plazo de hasta un mes; suspensión de hasta cinco años en los registros de proveedores que posibilitan contratar con el Estado; y la pérdida de concesiones, permiso, habilitación, licencia, privilegios, regímenes impositivos o crediticios especiales de que gozare.

Se añadió en el proyecto que "el rol del Estado en la aplicación de políticas y en cuanto garante del pleno ejercicio de los derechos de los ciudadanos en general no puede ser desplegado de manera eficaz si no es con la concurrencia y el fortalecimiento de los gobiernos locales, que en los modernos sistemas democráticos funcionan como el ámbito más próximo a la ciudadanía,

"En el caso de la Ley de Defensa del Consumidor, nuestra provincia cuenta con la Ley N° 13.133 que determina un minucioso sistema de control y sanción a cargo de los municipios, siendo que en materia de abastecimiento, ello se encuentra en cabeza del Gobierno Provincial, con evidentes limitaciones operativas para su correcto desenvolvimiento", se explicó.

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