- 25 de agosto de 2021
El Gobierno bonaerense reglamentó hoy la ley que da mayor participación en los procesos penales a las víctimas de delitos en la provincia de Buenos Aires y les otorga asistencia jurídica gratuita en los casos que no puedan afrontar esos gastos.
Se trata de
la Ley 15.232, conocida como "Ley de Víctimas", que reconoce a las
personas que sufren delitos una mayor participación en el proceso penal y el
derecho a ser asistidas desde una perspectiva jurídica y psicosocial que
considere su situación estructural y las consecuencias del ilícito sufrido.
La ley fue
históricamente reclamada por organizaciones de víctimas y sus familiares, y no
obtuvo tratamiento parlamentario durante el gobierno de María Eugenia Vidal.
Sin
embargo, en diciembre del año pasado se logró su sanción con el impulso del
oficialismo en la Legislatura bonaerense y el trabajo del Consejo de Víctimas de
la Provincia de Buenos Aires.
Este
consejo había sido disuelto en 2016 y en mayo de 2020 fue reinstalado por el
ministro de Justicia y Derechos Humanos de la provincia de Buenos Aires, Julio
Alak.
La norma
otorga el patrocinio jurídico gratuito para personas víctimas de delitos que no
puedan afrontar ese gasto, por lo que los abogados y abogadas que quieran
ejercer en representación de los intereses de las víctimas deberán inscribirse
en un Registro que quedará a cargo del Colegio de Abogados de la Provincia de
Buenos Aires (Colproba) y el Estado provincial se hará cargo de sus honorarios.
Para
garantizar una asistencia jurídica de calidad establece que quienes se
inscriban en el registro deberán tener más de 3 años de antigüedad en el título
y realizar de manera obligatoria cursos de formación y actualización que el
Colegio de Abogados ofrecerá gratuitamente.
Además, la
ley establece como autoridad de aplicación al Ministerio de Justicia y Derechos
Humanos por lo que la Dirección de Acceso a la Justicia y Asistencia a la
víctima de esta cartera gubernamental será el área encargada de asumir la atención
especializada de los casos.
A su vez, la reglamentación prevé protocolos de derivación hacia el Ministerio de Mujeres, Políticas de Género y Diversidad Sexual cuando se trata de supuestos de violencia de género y hacia el Organismo de la Niñez y la Adolescencia ante casos que afecten a personas menores.
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