- 29 de diciembre de 2021
El máximo tribunal rechazó la solicitud al considerar que "claramente se trata de una regulación tendiente a la protección de la salud pública como bien jurídico primordial, a la prevención de la propagación de nuevas variantes del virus SARS-CoV-2"
La Suprema Corte bonaerense
rechazó ayer una medida cautelar que impugnaba el "pase sanitario"
exigido desde el 21 de diciembre pasado para poder participar de actividades
culturales, deportivas, religiosas en espacios cerrados y para la realización
de trámites ante organismos públicos provinciales y municipales.
Es que un grupo de personas
promovió una acción de amparo contra la provincia de Buenos Aires, a fin de que
se declare la inconstitucionalidad de la resolución conjunta 460/21 dictada por
Jefatura de Gabinete y el Ministerio de Salud que establece el denominado
"Pase libre Covid" que acredita vacunación como requisito necesario
para asistir a aquellas actividades realizadas en el territorio provincial que
representan mayor riesgo epidemiológico.
En la medida, solicitaban
"que se ordene a la demandada que se abstenga de aplicarles o exigirles el
cumplimiento de las disposiciones contenidas en la norma impugnada, hasta tanto
recaiga sentencia definitiva".
El máximo tribunal rechazó la
solicitud al considerar que "claramente se trata de una regulación
tendiente a la protección de la salud pública como bien jurídico primordial, a
la prevención de la propagación de nuevas variantes del virus SARS-CoV-2 y,
también, al fomento de la vacunación como medio comprobadamente eficaz para eliminar
o mitigar ese flagelo".
"No puede perderse de vista
la finalidad de la norma atacada, dictada en el marco de una emergencia
sanitaria sin precedentes que lejos está de haber concluido. La exigencia de
acreditar un esquema de vacunación completa tiene en miras, entre otros
horizontes, limitar la concurrencia de personas no vacunadas, o con esquemas de
vacunación pendientes, a lugares donde se desarrollan actividades de elevado
riesgo epidemiológico y que, por su naturaleza, implican mayor posibilidad de
contagio para la población", sostuvo el alto tribunal provincial.
El denominado "Pase Libre
con Vacuna" es el requisito de acreditación de al menos dos dosis de la
vacuna contra el coronavirus que deben presentar las personas mayores de 13
años para poder asistir a algunas actividades en la provincia de Buenos Aires
que pueden presentar mayor riesgo epidemiológico.
Para acreditar la vacunación se
podrá presentar el certificado en cartón o tarjeta emitido por el Gobierno de
la Provincia de Buenos Aires o bien el que figura en el portal
mi.argentina.gob.ar o en las aplicaciones VacunatePBA, Cuidar y MiArgentina.
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