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Después de que transcurrieran casi 10 años de que una vecina de Quilmes denunció a Edesur por cortes reiterados que le quemaron diversos electrodomésticos, la Justicia resolvió condenar a la empresa.

El fallo es de la Sala II de la Cámara Federal de La Plata que confirmó la sentencia del Juzgado Federal de Quilmes que había resuelto condenar a Edesur a pagar los daños materiales y morales ocasionados a la quilmeña denunciante.

La vecina N.A.A., había denunciado que el 20 de marzo de 2015, a las diez de la noche, en su domicilio se produjeron diversos cortes de energía eléctrica en su servicio con picos de alta tensión superiores a la media, y que observó un chispazo en el poste de luz que sostiene los cables de tensión que conectan su vivienda con la red de energía eléctrica, desperfecto que ocasionó daños y roturas en los artefactos eléctricos de su hogar. Por lo que N.A.A., solicitó a Edesur la reparación por el daño de sus electrodomésticos averiados: una heladera General Electric; TV Philco de 32 pulgadas; portero eléctrico visor COMMAX; portero visor Lux; microondas Top House; y DVD portátil Top House.

Cabe aclarar, que la vecina primero reclamó ante Edesur en varias oportunidades y al no obtener respuesta, hizo una presentación ante el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) que dictaminó a su favor y le hizo saber a Edesur que debía reparar los daños provocados, lo cual no ocurrió por lo que denunció a la firma ante la Justicia.

El Juzgado Federal de Quilmes, a cargo de Luis Antonio Armella, hizo lugar a la demanda por daños y perjuicios contra Edesur, pero la empresa interpuso un recurso y reclamó ante la Sala II Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, donde la firma sostenía su falta de responsabilidad en los hechos denunciados por la vecina quilmeña y que no había quedado probado que los artefactos de la denunciante se averiaran por la ausencia del servicio eléctrico.

La Cámara, al momento de emitir su fallo, destacó que el ENRE en su expediente comprobó la existencia de modificaciones en el estado de las redes de baja tensión, lo que podía provocar cortocircuitos originando daños en artefactos eléctricos.

El 11 de julio de 2024, los camaristas de la Sala II, Jorge Eduardo Di Lorenzo y César Alvarez, resolvieron confirmar la sentencia del Juzgado Federal de Quilmes; al tiempo que entendieron que la suma que Edesur deberá abonar a N.A.A., será la que establezca el juez Armella.

En este sentido, hay que señalar, que la vecina cuando inició la denuncia, en marzo de 2015, le había reclamado a Edesur la suma de $110.310,02 (cuando el dólar oficial en Argentina no superaba los $9).

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